Si tu empresa presta servicios diferentes a los de educación, transporte de pasajeros o medicina ambulatoria, debes saber que, a partir del 1 de enero de 2023, se encontrará afecta a IVA.
La Ley N°21.420, publicada el 4 de febrero de 2022, establece que, a partir del 1 de enero de 2023, todas las prestaciones de servicios, provistos por empresas, quedarán afectas con IVA. Pero, existe la manera de mantener la no afección a este impuesto en el caso de las empresas que se encuentren conformadas como Sociedades de Profesionales. Esto, ya que la misma Ley 21.420 precisó en el N°8 de la letra E del artículo 12 de la Ley del IVA, que estarán exentas del Impuesto al Valor Agregado, los ingresos provenientes de las Sociedades de Profesionales señaladas en el artículo 42 N°2 de la LIR, aun cuando hayan optado por declarar sus rentas de acuerdo con las normas de la primera Categoría.
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