Inversionista inmobiliario: ¿Cómo evitar multas del SII?

Inversionista inmobiliario: ¿cómo evitar multas del SII?

Comprar inmuebles para arrendarlos es un excelente negocio, no solo porque te genera ingresos mensuales sino porque incrementa tu patrimonio y puede asegurar tu jubilación. Muchas personas naturales que desarrollan esta actividad desconocen las obligaciones tributarias asociadas, no declarando las rentas percibidas y, por lo tanto, cometiendo evasión tributaria de acuerdo a la normativa vigente.

En la actualidad, el SII cuenta con la información y las herramientas que le permiten fiscalizar este tipo de incumplimiento, siendo a partir de este año uno de los focos relevantes de fiscalización, dado lo común que resulta ser la evasión en este ámbito.

En la actualidad, el SII ya no contempla el concepto de “elusión”, incorrectamente asociado a una buena gestión tributaria. Ahora sólo distingue entre “evasión” y una “correcta declaración”. Dado esto, cobra especial importancia revisar las claves que te entregamos para poder evitar multas y una mala reputación ante el organismo fiscalizador. 

3 recomendaciones para evitar sanciones del Servicio de Impuestos Internos (SII)

Las inversiones inmobiliarias derivan en la obligación de declarar las rentas provenientes de esta actividad y pagar el impuesto correspondiente. 

De no hacerlo, te expones a ser multado por el SII, según lo dispuesto en el artículo 97 del Código Tributario (1). Evita sanciones aplicando los siguientes consejos: 

1. Conocer la obligación y cómo cumplirla 

De acuerdo con el Plan de Cumplimiento Tributario del SII (2), los contribuyentes no cumplen sus obligaciones por las siguientes razones: 

  • No conocen la obligación.
  • No saben cómo cumplirla.
  • Cometen errores en su cumplimiento.
  • No están de acuerdo con ella.
  • Negligencia, indolencia.
  • Evasión, elusión, delito.

Al respecto, debes saber que, en abril de cada año, durante la Operación Renta, debes declarar la suma de todos tus ingresos por arriendo (ajustados por la variación de IPC), sumándolos a otras rentas obtenidas como sueldos, honorarios, intereses, etc., pagando por todos ellos el Impuesto Global Complementario o Adicional a que haya lugar. 

Hablando específicamente de los impuestos que gravan los ingresos provenientes del arriendo de bienes raíces no agrícolas, debes tener presente que la Ley 21.210 (Ley de Modernización Tributaria) modificó la LIR al respecto (3).

Con la reforma de 2014, las personas naturales que obtenían este tipo de rentas tributaban con Impuesto Global Complementario con base en la renta efectiva, según contrato y sin deducciones. Sumado a ello -en función de lo mandado por el numeral 3 del artículo 39 de la LIR- este tipo de contribuyentes están exentos del impuesto de primera categoría, siempre que no usen el pago de contribuciones como crédito contra dicho tributo.

Con la Ley de Modernización Tributaria se incorpora a la LIR un nuevo numeral a su 56, que permite a las personas naturales que tributan en renta efectiva por explotar inmuebles no agrícolas, poder imputar como crédito las contribuciones pagadas hasta el monto neto del Impuesto Global Complementario. 

De igual manera, estipula que dicha imputación sólo puede hacerse por el año comercial respectivo y que, de generarse excedentes, no habrá lugar a devoluciones ni derecho a imputación a otros impuestos.   

2. Permanecer pendiente del calendario tributario 

Cada año, el SII pone a disposición de sus contribuyentes el Calendario de Declaraciones Juradas (4) y fechas de Operación Renta. 

Es importante permanecer al tanto de su publicación y verificar cuándo debes cumplir tus obligaciones al respecto. Así evitarás contratiempos al declarar el Formulario 22 y otros que correspondan.

3. Averiguar acerca de las condonaciones de multas del SII 

El trámite consiste en solicitar al director regional, director de grandes contribuyentes o subdirector de fiscalización, la condonación de intereses y multas (5) producto de: 

  • Infracciones tributarias.
  • Diferencias de impuestos no declarados y/o no pagados por los contribuyentes.
  • Intereses penales.
  • Diferentes tipos de multas, incluidos los giros infraccionales que no accedan al pago de impuestos.
  • Pago de contribuciones fuera de plazo.

Puedes solicitarla online o en las oficinas del SII, tanto si eres persona natural o jurídica, una vez que registres una o varias de las deudas tributarias mencionadas y operará al momento de emitirse el giro respectivo. 

Para finalizar, cabe señalar que, según el Plan de Gestión de Cumplimiento Tributario 2018, el 88% de los contribuyentes chilenos presentan bajo riesgo de incumplimiento. 

Mantente en esa mayoría y evita problemas asesorándote con expertos profesionales. 

Fuentes de información:

  1. Decreto Ley 830 SII
  2. Plan de cumplimiento tributario 2018 SII
  3. “Ojo con la tributación al arrendar su vivienda” – Diario Concepción.
  4. Calendario de declaraciones juradas SII
  5. Cómo solicitar condonación de intereses y multas – SII

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